CAPITULO 1º - ORGANIZACIÓN
DE EXCURSIONES
Artículo 1.- El calendario de excursiones a realizar en cada año será aprobado por la Asamblea General de socios del club. La Junta Directiva velará por su cumplimiento, aunque por causas debidamente justificadas podrá ser variado por dicha Junta.
Articulo
2.-
En la Asamblea General los socios aportarán las diferentes propuestas sobre las
excursiones a realizar que serán recogidas por la Junta Directiva para luego
valorarlas y formalizar el calendario anual de excursiones previstas.
Artículo 3.- Una excursión puede ser preparada por un miembro de la Junta Directiva, así como por cualquier persona o socia del club o en quien la Junta Directiva delegue.
CAPITULO 2º- INFORMACIÓN
Artículo 4.- En todas las actividades del club se realizará una información a los asociados por todos los medios disponibles en cada momento: carteles, prensa, correo electrónico, etc.
Artículo
5.-
Dicha información constará de los datos imprescindibles para el desarrollo de
la actividad: fecha, hora, itinerario, nº plazas máximo, cuota, nivel de
dificultad, material necesario, etc.; y
será obligatorio el cumplimiento de lo expuesto para las personas que
quieran participar.
CAPITULO 3º- INSCRIPCIONES
Artículo 6.- Como norma general se establece como fecha y hora límite de inscripción las 19:30 del jueves anterior de la realización de la ruta o actividad.
Artículo
7.-
Para inscribirse en una actividad que conlleve un abono económico se podrá
realizar hasta el mismo día de la actividad según detalle:
- Los días de apertura de la sede del club,
actualmente los jueves, sita en Calle San Martín, s/n - El Berrón;
acreditándose como socio o quien lo fuera y abonando el importe correspondiente
para participar en la actividad.
- Por teléfono teniendo como fecha y hora la
marcada en el apartado 1
- Las reservas que no estén pagadas se asista o
no se asista a la actividad deberán ser abonadas antes de inscribirse en
la siguiente actividad.
Artículo 8.- Los participantes menos de 14 años tendrán que comunicar en el momento de inscribirse que persona actuará como responsable durante la actividad.
Artículo
9.-
En el supuesto de que una persona inscriba a otra u otras asumirá en su nombre
todas y cada una de las condiciones de este reglamento.
CAPÍTULO
4º - ANULACION DE INSCRIPCIONES
Artículo 10.- La anulación de inscripciones podrá ser por:
- Por el propio interesado hasta la fecha límite
de inscripción: jueves anterior, que en caso de tener efectuado el pago
será reintegrado al 100%.
- Por enfermedad justificada del interesado dará
derecho al reintegro del 100% de la cantidad satisfecha.
- La suspensión de la actividad por falta de
participantes, reintegro del 100%
- Por aplazamiento de la actividad también se
reintegrará el 100% de lo abonado.
En todos los
demás casos no contemplados en los supuestos anteriores NO serán devueltos los
importes abonados.
CAPITULO
5º - NORMAS GENERALES
Artículo 11.- El Club de Montaña y Senderismo Pataricu, declina toda responsabilidad ante un accidente producido por la imprudencia, negligencia o temeridad de cualquier participante.
Artículo
12.- El
hecho de tomar parte en cualquier actividad supone la aceptación por parte del
participante de todos y cada uno de los puntos expuestos en este reglamento.
Así mismo acepta
la programación específica de la actividad como las características de la
misma.
Artículo
13.- El
club se reserva el derecho de suspender, modificar y/ o aplazar la actividad si
las condiciones meteorológicas o causa mayor así lo aconsejen.
Artículo
14.- Los
participantes deberán guardar en todo momento una conducta de respeto a la
naturaleza y al medio ambiente, evitando aquellas acciones que puedan
repercutir desfavorablemente en el mismo.
Artículo
15.- En
los autocares y durante la actividad, todos los participantes deberán guardar
una correcta conducta de respeto mutuo y a la propiedad privada que no
desmerezca la buena imagen del Club. Así mismo, en los autocares se respetarán
las normas establecidas por la Dirección General de Tráfico, siendo
responsabilidad del infractor las consecuencias que de su incumplimiento puedan
derivarse.
Artículo
16.- En
todas las actividades, TODOS salimos y llegamos juntos, nadie tomará otra ruta
que no esté en el programa establecido, salvo lo establecido en la condición.
Artículo
17.- NADIE
debe tomar las salidas como una competición para ver quien llega el primero.
Artículo
18.- NADIE
debe adelantar al “jefe” de ruta y NADIE puede ir detrás del “ayudante” de
ruta.
Artículo
19.- En
el desarrollo de las actividades será el “jefe de ruta” quien tome las
decisiones, salvo circunstancias excepcionales, en cuyo caso, serán los socios
más experimentados y en consenso quienes tomarán las decisiones.
Artículo
20.- Cualquier
alteración en la actividad del programa aprobado por la Junta Directiva , se
hará siguiendo las siguientes indicaciones:
- Deberá comunicarse al “jefe de ruta” y al
“ayudante de ruta” de la actividad, siendo responsabilidad de los que
varíen en la actividad las consecuencias que se puedan derivar de este
cambio.
- La autorización se podrá extender siempre que
no impida el normal desarrollo del programa establecido.
- NUNCA irá una persona sola.
- No se aventurará nadie a ningún lugar que
implique un riesgo para las personas.
- Se respetará el margen de tiempo concedido por
el Jefe de ruta.
El
incumplimiento de alguna de estas condiciones se considerará como falta grave,
lo cual dará lugar en lo sucesivo a que se tomen las medidas necesarias para
que no se repita.
Artículo
21.- Aunque en las actividades, existe un “jefe de ruta” y un
“ayudante” todas las personas mayores de edad, habrán de asumir la parte de
responsabilidad que les corresponda.
Artículo
22.- Los
participantes en el actividad, deberán llevar un equipo adecuado para la misma,
no se puede salir por la naturaleza, de la misma manera que se iría por la
ciudad.
- RECOMENDACIONES:
- Llevar un calzado adecuado, que
sujete el pie firmemente a la vez que sea cómodo para caminar.
- Llevar siempre ropa de abrigo, los
cambios atmosféricos a veces pueden ser imprevisibles.
- Aunque el “jefe de ruta” y
“ayudante” lleven un botiquín, es recomendable que los participantes
lleven uno para cubrir las necesidades mínimas personales en cada caso.
Artículo 23.- Los responsables de ruta, irán provistos del presente reglamento, las hojas de ruta, dos emisoras, teléfono móvil y un botiquín de primeros auxilios.